El auxiliar de ayuda a domicilio es un trabajador que se caracteriza por tener formación y experiencia, tanto teórica como práctica, en los cuidados que se hacen en domicilio a pacientes geriátricos y a usuarios dependientes de cualquier edad que tengan una pérdida de la autonomía personal.
Si partimos de que la ayuda a domicilio son las actuaciones necesarias para atender las necesidades básicas de la vida diaria e incrementar su autonomía, con el objetivo de que los usuarios permanezcan el mayor tiempo posible en su domicilio, dentro de esas actuaciones el auxiliar de ayuda a domicilio es el trabajador que presta el servicio y está en contacto directo con el usuario.
Debido a su cercanía con el usuario y en coordinación con su responsable, tienen que identificar e informar de las posibles necesidades del usuario y los cambios que pueda sufrir que afecten a su autonomía y estado de salud.
De forma resumida las funciones de un auxiliar de ayuda a domicilio son las siguientes:
- Cooperar con el trabajador social al seguimiento de los usuarios que tenga a su cargo.
- Controlar y organizar los hábitos alimenticios del asistido.
- Garantizar la correcta higiene personal del asistido.
- Realizar la limpieza del hogar.
- Atender las necesidades sociales, físicas y afectivas del usuario.
- Ayudar a la integración social y socialización del usuario.
- Ayudar con las gestiones, recetas, y trámites necesarios.
Hay ciertas tareas o comportamiento que no son adecuadas en el desarrollo de su trabajo, aquí tienes lo que no debe hacer un auxiliar de ayuda a domicilio.
En la Orden del Bocyl de 12 de septiembre del 2022 se determina el contenido de la formación de los auxiliares de ayuda a domicilio para la comunidad de Castilla y León, en la que se dispone que las personas que trabajen como auxiliar de ayuda a domicilio en lo relativo a su formación se deberán encontrar en alguna de estas situaciones:
- Tener Resolución de la Gerencia de Servicios Sociales por la que se le ha acreditado para poder trabajar como auxiliar de ayuda a domicilio en esta Comunidad Autónoma al amparo de lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de 13 de mayo de 2000.
- Disponer de certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio que regula el Real Decreto 331/1997 de 7 de marzo.
- Disponer de certificado o Diploma acreditativo de que ha realizado la formación mínima establecida.
El curso consta de 315 horas de las cuales 200 horas son de conocimientos prácticos, 100 de conocimientos teóricos y 15 hora para la evaluación.
Formación de un auxiliar de ayuda a domicilio:
- Planificación, desarrollo y seguimiento de casos.
- Atención higiénico sanitaria de dependientes, limpieza, aseo y seguridad personal.
- Cuidados básicos en el hogar y control de la medicación.
- Administración de alimentos y planificación de los menús para personas dependientes.
- Atención y apoyo psicosocial de las personas en su domicilio.
- Apoyo a las gestiones diarias de las personas dependientes.
- Integración social de la persona dependiente con su entorno y su familia.
- Gestión y cocina dentro de la unidad familiar con personas dependientes.
- Limpieza y organización del domicilio del dependiente.
En el caso de que el usuario esté percibiendo la prestación de la ley de dependencia, el servicio de ayuda a domicilio lo tiene que realizar un auxiliar de ayuda a domicilio que pueda acreditar su formación.
Todas las auxiliares tienen una formación que podríamos denominar básica, también existen trabajadores que se han especializado en subcampos del servicio de ayuda a domicilio como pueden ser alzhéimer, párkinson o demencia.
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